NUESTROS SERVICIOS

Donaciones

Es un contrato por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona que lo acepta.

El Decreto 1712 del 1º de agosto de 1989 autorizó la insinuación de donación ante notario, cuando su valor exceda de 50 salarios mínimos mensuales, siempre y cuando donante y donatario sean mayores de edad.

IMPORTANTE: Las donaciones entre cónyuges son NULAS. Las Donaciones podrán ser revocadas siempre y cuando no haya sido aceptada por el donante art.1469 C.C.

Requisitos
– Minuta, o Datos . (LINK DEL FORMATO)
– Certificado de Libertad y tradición vigente
– Escritura de tradición o propiedad
– Avalúo comercial.
– Prueba de que el donante conserva lo necesario para su congrua subsistencia (puede ser una certificación del contador, la declaración renta, etc.).
Paz y salvo predial, de los inmuebles objeto de la negociación (en su lugar, recibo de pago del impuesto si el inmueble es de Bogotá).
Paz y salvo de valorización de los inmuebles objeto de la negociación.(si el inmueble pertenece al Dpto. del Meta, debe presentarse paz y salvo de valorización Municipal y Departamental).
Paz y salvo de administración (si el inmueble esta sometido a régimen de propiedad horizontal) de los inmuebles objeto de la negociación.
Estado de Cuenta (este documento lo baja la notaría de internet previa presentación del impuesto predial).
Copia pertinente del reglamento de propiedad horizontal (si el inmueble está sometido a régimen de propiedad horizontal) de los inmuebles objeto de la negociación.
cédula o pasaporte si es extranjero.

Trámite

– Radicar los documentos mencionados en la Notaría 39 en la calle 119 No. 14-26 ó a través del correo electrónico: juridica@notaria39.com.
– Una vez radicados los documentos le responderán informándole el nombre del abogado y digitador asignado para su trámite, quien se comunicará con usted fijando cita para la firma de la escritura.
– El día de la cita debe traer su documento de identidad, leer el borrador de la escritura e informar al funcionario los errores encontrados para que sean corregidos previamente a la toma de su firma, momento en que cancelará (con cualquier medio de pago) los emolumentos por concepto de derechos notariales, previamente liquidados.
Los gastos por concepto de derechos notariales (si es el caso), puede cancelarlos de la siguiente forma: a) en la Notaría al momento de la firma de la escritura, utilizando cualquier medio de pago; ó b) previamente, por consignación o transferencia electrónica a: BANCO BBVA CUENTA DE AHORROS 019088426 a nombre de MIGUEL ARTURO LINERO DE CAMBIL, C.C. 8´743.239 ó ingresando a la página de la notaria www.notaria39.com link pagos en línea. Posteriormente, enviar consignación escaneada indicando el número del radicado o turno al correo: leydicarolinac@gmail.com , lcamacho@notaria39.com , ó yolis_5@yahoo.com, dirigido a LEIDY CAMACHO ( tel 4842470 ext 111)
Los gastos por concepto de beneficencia y registro:
– Una vez salgan las copias de la escritura, ésta será enviada por internet para que la GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA liquide el Impuesto de Beneficencia, recibo que puede recoger en la Notaría, o en su defecto se puede comunicar telefónicamente (al teléfono 4842470 ext 103 ó a través correo electrónico: relnotaria39@gmail.com ), con el señor CARLOS PACHON para que le envíe a su correo el recibo de pago. Este recibo lo debe imprimir en
impresora lasser y pagar directamente en cualquier BANCO DE COLOMBIA o BANCO DE OCCIDENTE o a través de la opción de pago por PSE de la página de la GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA.
– Realizado el pago del Impuesto de Beneficencia, la Oficina de Registro le notificará por internet (al correo que anotó en la escritura) la liquidación del Impuesto de Registro para que efectúe el pago, recibo que también puede recoger en la Notaría, o en su defecto se puede comunicar telefónicamente (al teléfono 4842470 ext 103 ó a través correo electrónico: relnotaria39@gmail.com ), con el señor CARLOS PACHON para que le envíe a su correo el recibo de pago. Este recibo lo debe imprimir en impresora lasser y pagar directamente en cualquier BANCO DE COLOMBIA o BANCO DE OCCIDENTE o a través de la opción de pago por PSE de la página de la correspondiente entidad.
– Informar sobre el pago al señor CARLOS PACHON, enviando la constancia de la consignación al e-mail: relnotaria39@gmail.com.

Datos para la elaboración de la Escritura:

DONANTE:
NOMBRE
C.C.
TELEFONO:
DIRECCIÓN:
ACTIVIDAD ECONÓMICA:
CORREO ELECTRÓNICO:
(Resolución 239 del 27-11-2013 UIAF y CIRCULAR 1536/13 Supernotariado)
ESTADO CIVIL:

BENEFICIARIO:
NOMBRE
C.C.
TELEFONO:
DIRECCIÓN:
ACTIVIDAD ECONÓMICA:
CORREO ELECTRÓNICO:
(Resolución 239 del 27-11-2013 UIAF y CIRCULAR 1536/13 Supernotariado)
ESTADO CIVIL:

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