Protección de Datos Personales

Política de privacidad y tratamiento de datos personales.

  1. ¿La entidad realizó la inscripción de sus bases de datos, en el Registro Nacional de Base de Datos (RNBD) ante la Superintendencia de Industria y Comercio de acuerdo a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y en el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015?

Los Notarios son tanto personas naturales que cumplen una función pública, no deben registrar sus bases de datos al amparo del artículo del Decreto 1074 de 2015 que prevé:

ARTÍCULO  2.2.2.26.1.2. Ámbito de aplicación. Serán objeto de inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos, las bases de datos que contengan datos personales cuyo Tratamiento automatizado o manual sea realizado por los Responsables del tratamiento que reúnan las siguientes características:

  1. a) Sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT).

POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS NOTARIA 39DEFINITIVO1