Trámite mediante el cual se otorga un instrumento público ( llamado escritura), que contiene declaraciones de actos jurídicos emitidos ante Notario con los requisitos previstos por la ley y que se incorpora al protocolo.
Se solemnizan por escritura pública los siguientes actos notariales:
- Ventas de inmuebles, ejemplo: De lotes, casas, apartamentos, locales, garajes, depósitos ,posesiones , mejoras, derechos herenciales, ventas predios rurales, resciliaciones.
- La constitución, cesión de derechos o cuotas, reforma de estatutos, aumento de capital, cambio de razón social, prorroga, disolución, liquidación, fusión, escisión, transformación de sociedades civiles y comerciales.
- Hipotecas abiertas o cerradas.
- Cancelaciones de hipotecas como ejemplo de primer y segundo grado, abierta o global ,pacto comisorio, condición resolutoria, patrimonio de familia, usufructo.
- Liquidación de Sociedad Conyugal por ejemplo separación o liquidación de bienes por mutuo acuerdo.
- Matrimonio Civil.
- Poderes Especiales y Generales.
- Sucesiones por Notaria y por tramite judicial.
- Reglamento de Propiedad Horizontal.
- División material de inmuebles.
- Protocolización de documentos.
- Testamentos abiertos o cerrados, apertura y revocatoria de testamento.
- Constitución de fiducias en garantía o restitución de bienes fiduciario.
- Contratos.
- Conciliaciones.
- Donaciones.
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